Buenas prácticas en la Coordinación de Bienestar y Protección

Juan José Bueso Bello. Director y Coordinador de bienestar y protección en el CEIP Cristóbal Colón de Villaverde (Madrid).
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia establece en su capítulo IV los principios, organización, supervisión de la contratación y establecimiento de protocolos actuación en el ámbito educativo. También crea una nueva figura en los centros docentes, el Coordinador o Coordinadora de Bienestar y Protección, cuyas funciones mínimas incluyen aspectos como: promover planes de formación para detectar y responder a las situaciones de violencia entre la comunidad educativa; coordinar los casos que requieran de los servicios sociales; fomentar los métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos; fomentar el respeto al alumnado con discapacidad o diversidad; coordinar el plan de convivencia; promover un uso correcto de los datos personales; y fomentar una alimentación saludable.

En un intento por compartir y enriquecernos buscaremos identificar buenas prácticas que nos permitan acercarnos al máximo a los objetivos planteados en nuestro plan de trabajo como Coordinador de Bienestar y Protección.